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La Corte Constitucional lo ratifica: el aborto en Colombia no es delito

El nuevo pronunciamiento de la Corte Constitucional de Colombia en pleno ratifica la sentencia C-055 de 2022 que despenalizó el aborto hasta la semana 24.

Por  LAURA VÁSQUEZ ROA

agosto 24, 2023

Victoria Holguín - Causa Justa

Desde que se conoció la decisión de la Corte Constitucional que despenalizó el aborto en Colombia hasta la semana 24 en febrero de 2022, la sentencia resultante, la C-055 de 2022, ha recibido diferentes ataques de grupos en contra del aborto. Esta sentencia puso a Colombia en el mapa de los países más garantistas del mundo en materia de derechos reproductivos de las mujeres, hombres trans y personas no binarias que deseen abortar. 

Pese a que la decisión fue ampliamente discutida por la Corte y hasta el mismo Ministerio de Salud y Protección Social posteriormente emitió la Resolución 051 de 2023, adoptando la regulación para la Interrupción Voluntaria del Embarazo -IVE-, los grupos antiderechos han seguido buscando que esta decisión se reverse.

Ante una nueva demanda de un ciudadano contra el artículo 122 del Código Penal, donde el delito de aborto persiste (modificado por la sentencia C-055), se pedía que se revisara la supuesta vulneración de los derechos a la dignidad humana, a la igualdad y al libre desarrollo de la personalidad contenidos en los artículos 1, 13, y 16 de la Constitución Política.

Frente a esta demanda, la sala plena de la Corte Constitucional decidió “estarse a lo resuelto”, es decir, apegarse a lo que estableció en la sentencia C-055 de 2022, pues no consideró necesario pronunciarse otra vez sobre el tema. Según esto, se encontró que los argumentos que proponía el demandante ya habían sido resueltos por la Corte en la deliberación que dio como resultado la modificación del Código Penal al despenalizar el aborto en Colombia hasta la semana 24.

Para Maria Cecilia Ibáñez, abogada senior de Women’s link, una de las organizaciones integrantes del movimiento Causa Justa que presentó la demanda que despenalizó el aborto, este nuevo pronunciamiento de la Corte es muy importante porque es coherente con lo decidido previamente y “deja muy claro que las mujeres y las personas gestantes pueden acceder libremente al aborto hasta la semana 24 y luego, pueden hacerlo en el marco de las causales. Este es un mensaje importante para el país que reafirma la importancia de garantizar el acceso al aborto”.

Desde 2006 la Corte Constitucional ya se había pronunciado creando unas excepciones (o causales) para el acceso a la IVE sin límite de tiempo. La sentencia C-355 de 2006 permitió que las mujeres y otras personas que abortan accedieran a este servicio de salud como un derecho en tres circunstancias: 1. cuando el embarazo constituye un riesgo para la vida y la salud física, mental y social de la mujer. 2. cuando existe una grave malformación del feto que haga inviable su vida fuera del útero. 3. cuando el embarazo sea el resultado de violencia sexual, incesto o de inseminación artificial o transferencia del óvulo fecundado no consentidas. En estas tres causales no media ningún límite de tiempo, es decir que la sentencia C-355 sigue en vigencia en casos posteriores que superen las 24 semanas despenalizadas recientemente.

La noticia fue bien recibida por las integrantes de Causa Justa. Ana Cristina González Vélez, pionera de este movimiento y cofundadora de la Mesa por la vida y la salud de las mujeres declaró: “No tenemos otro sentimiento que el de alegría y satisfacción porque esta decisión además nos brinda seguridad jurídica y reafirma la importancia de estas instituciones en nuestra democracia en Colombia. El aborto no es delito hasta la semana 24”. 

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