Rodolfo Hernández y Gustavo Petro asistirían a un último debate presidencial

Los dos candidatos tendrían el deber de realizar un último encuentro previo a las votaciones del domingo como ordenó el Tribunal Superior de Bogotá

Por  VALENTINA VILLAMIL

junio 15, 2022

El Heraldo; REUTERS/Luisa Gonzalez

El pasado 29 de mayo Colombia decidió por los candidatos que se enfrentarían este domingo en la segunda vuelta de las elecciones presidenciales. Gustavo Petro y Rodolfo Hernández, pertenecientes a los partidos Pacto Histórico y la Liga Anticorrupción, respectivamente, no han dado paso a un debate que recuerde a los colombianos sus propuestas y planes de gobierno, sino declaraciones a través de sus redes sociales en medio de las polémicas que los han envuelto durante este periodo decisivo.

Sin embargo, la orden que se dio a conocer por medio de un fallo de tutela, el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá notificó a los postulantes que tendrían que desarrollar un debate presidencial a más tardar el día jueves 16 de junio, por concepto de que los colombianos puedan ejercer su derecho al voto de la manera más informada.

El fallo resuelve “Ordenar a los candidatos presidenciales Rodolfo Hernández Suárez, del Movimiento Político Liga de Gobierno Anticorrupción, y a Gustavo Petro Urrego, de la Coalición Pacto Histórico, que dentro del término de 48 horas siguientes a la notificación de esta providencia, soliciten y programen de manera conjunta, a más tardar el día jueves 16 de junio de 2022, la realización de un debate presidencial” y señalando “tutelar el derecho fundamental de participar en la conformación del poder político consagrado en el artículo 40 de la Constitución Política”.

Tanto Hernández como Petro se abstuvieron de espacios donde se desarrollaran y se discutieran sus propuestas desde los resultados de la primera vuelta, como declararon en repetidas ocasiones a través de Twitter anexando las razones de dicha decisión.

La acción de tutela interpuesta por los accionantes Alcides Enrique Arrieta Cueto, Jaime Mejía López, Laura Marcela Mosquera Giraldo, Jorge Luis Bedoya, Whenddy Vanessa Mahecha Carvajal, Catalina del Pilar Sánchez Daniels y Luis Mauricio Urquijo Tejada, señala que el debate electoral tendrá que ser acordado por ambos equipos de sus respectivas campañas para determinar los temas a tratar y llevarse a cabo “en la forma y términos indicados por el artículo 23 de la Ley 996 de 2005 y la Resolución Nro. 2969 del 01 de junio de 2022 emanada del Consejo Nacional Electoral”, como especifica el fallo.

Aunque Petro y Hernández pueden acudir a la apelación, el cumplimiento del fallo debe ser inmediato además de ser remitido a la Corte Constitucional para su seguimiento en caso de que no sea impugnado. Mientras los equipos de ambos candidatos están en libertad de escoger el medio de comunicación por donde podría desarrollarse el debate electoral, el documento vincula al Sistema de Medios Públicos Radio Televisión Nacional de Colombia (RTVC) como la opción más próxima.

Las elecciones que definirán al candidato que asumirá la presidencia por los próximos cuatro años tendrá lugar el domingo 19 de junio. Consulte su respectivo lugar y puesto de votación en la página de la Registraduría Nacional del Estado Civil.

CONTENIDO RELACIONADO